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Actualidad Regulatoria

Qué revisa la SMA en una fiscalización ambiental

Equipo Técnico AGEAGestión Post RCA6 min de lectura

La Superintendencia del Medio Ambiente verifica que el titular cumpla íntegramente las condiciones y compromisos de su RCA, además de las normas de emisión y planes aplicables. La mayoría de los hallazgos no son impactos ambientales: son compromisos sin trazabilidad documental.

En la práctica, la mayoría de los hallazgos de una fiscalización ambiental no se originan en un daño al medio ambiente. Se originan en compromisos que sí se cumplieron, pero que el titular no puede demostrar.

Qué fiscaliza la Superintendencia

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) tiene competencia para verificar el cumplimiento de:

  • Las condiciones, normas y medidas establecidas en las Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA).
  • Las normas de emisión y de calidad ambiental.
  • Los planes de prevención y de descontaminación.
  • Los Programas de Cumplimiento y los planes de reparación aprobados.

De todos ellos, la RCA es el instrumento que concentra la mayor parte de la actividad fiscalizadora sobre proyectos individuales.

Cómo se estructura la revisión

Una fiscalización sobre RCA revisa, compromiso por compromiso, tres cosas:

Que la obra ejecutada corresponda a la evaluada. Se contrasta lo construido con lo descrito en el expediente: emplazamiento, dimensiones, capacidad, obras auxiliares. Las diferencias no evaluadas son un hallazgo, aunque su efecto ambiental sea menor.

Que las medidas comprometidas estén implementadas. Medidas de mitigación, reparación y compensación, planes de manejo, protocolos operacionales y compromisos voluntarios asumidos durante la evaluación.

Que el seguimiento se esté ejecutando y reportando. Frecuencia de los monitoreos, metodologías, laboratorios acreditados, puntos de medición y envío de los reportes en los plazos y formatos exigidos.

Los hallazgos más recurrentes

  • Reportes fuera de plazo o incompletos. Es el hallazgo más frecuente y el más evitable.
  • Puntos de monitoreo desplazados respecto de las coordenadas comprometidas, sin justificación técnica documentada.
  • Compromisos huérfanos. Medidas que quedaron sin responsable asignado tras un cambio de contratista o de personal.
  • Modificaciones ejecutadas sin pertinencia. Cambios menores implementados por criterio operacional, sin verificar si requerían evaluación.
  • Trazabilidad insuficiente. Actividades realizadas sin registro fechado, sin respaldo fotográfico ni informe asociado.

Qué reduce el riesgo

El punto de partida es una matriz de compromisos: cada obligación de la RCA convertida en una fila con responsable, frecuencia, evidencia requerida y estado. Sobre esa matriz se construye el calendario de seguimiento y el repositorio documental.

A eso se suma la auditoría de cumplimiento periódica. Revisar internamente antes de que revise la autoridad permite corregir brechas cuando todavía son corregibles, y sustenta un Programa de Cumplimiento sólido si la fiscalización llega igual.

La diferencia entre un proyecto que enfrenta bien una fiscalización y uno que no rara vez está en su desempeño ambiental. Está en si convirtió su RCA en un sistema de gestión o la dejó archivada como un documento.

Temáticas

  • Gestión Ambiental y Cumplimiento Post RCA
  • SEIA

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

¿Cómo se clasifican las infracciones?

La ley orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente distingue infracciones leves, graves y gravísimas. La clasificación determina el rango de la sanción, que puede llegar hasta la revocación de la RCA o la clausura en los casos más severos.

¿Qué es un Programa de Cumplimiento?

Es un plan de acciones y metas que el titular presenta tras la formulación de cargos para volver al cumplimiento. Si es aprobado y ejecutado satisfactoriamente, el procedimiento sancionatorio se termina.

¿Conviene autodenunciarse?

La autodenuncia ante la Superintendencia permite acceder a beneficios en la determinación de la sanción cuando se presenta antes del inicio del procedimiento y va acompañada de un plan de corrección creíble.

¿Cada cuánto fiscaliza la autoridad?

No hay una periodicidad fija. La Superintendencia opera con programas y subprogramas anuales de fiscalización, y también actúa por denuncias, por autodenuncias y por seguimiento de instrumentos específicos.

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